Derecho de Familia

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Asesores Internacional es una firma especializada en el Derecho de Familia.  Creemos que  la intervención de un profesional experto como mediador entre las partes puede resultar sumamente positiva. Pues, al favorecer éste el diálogo, los acuerdos suelen establecerse con las mejores condiciones tanto para la vida futura de los menores como de todos los implicados en una ruptura familiar.

Los asuntos familiares  deben ponerse en manos de profesionales especialistas que  sepan cómo actuar ante los conflictos de la forma más sensata posible.

Nuestro despacho le asesorará con total confidencialidad en los siguientes temas:

Separación

La separación del matrimonio es una forma de  solucionar los conflictos familiares que puede no adoptar forma judicial, es decir, se trata de una separación de hecho previa a la tramitación definitiva. El abandono temporal del domicilio conyugal no implica abandono del hogar, ni delito alguno si no supone dejar a la familia desprotegida económicamente, caso este que sí está penado.

Desde la reforma del Código Civil del año 2005, en nuestro país no es necesaria la separación judicial previa al divorcio. Nuestros abogados le orientarán, agotadas las vías de reconciliación, sobre el procedimiento a seguir en el divorcio.

En el proceso de Separación las medidas son consensuadas por los cónyuges y más tarde, es el juez quien las eleva a medidas definitivas.

Divorcio Mutuo Acuerdo/Contencioso

La figura del divorcio implica la desaparición legal del vínculo matrimonial. Tras él, ambos    cónyuges son libres de volver a contraer matrimonio.

El camino para llegar a él puede recorrerse, bien a través de un divorcio de mutuo acuerdo en el que las partes deciden de manera consensuada las medidas a tomar con respecto a cuestiones como custodia de hijos, regímenes de visita, cuantía de pensiones de alimentos o compensatorias, etc.

Ya no es necesario estar separados para poder solicitar el Divorcio. Tras  tres meses desde la celebración del matrimonio, o de manera inmediata en caso de violencia doméstica, se puede tramitar el proceso del divorcio.

A través del Mutuo Acuerdo, las costas que se generan son más económicas,  los tiempos administrativos más cortos y, por supuesto, los acuerdos son los que ambas partes deciden sin la intervención de un juez.

En el caso de Divorcio Contencioso, la elección de abogado  es fundamental para que Usted vea resueltos favorablemente aquellos aspectos que considere innegociables.

Pensión Alimentos/Compensatoria

La pensión de Alimentos es la principal obligación económica que integra el  matrimonio siempre que haya descendencia. No son solo los hijos menores de la pareja los que tienen derecho a ella, también y según los casos, los hijos mayores de edad, el otro cónyuge e incluso, otros familiares. Si bien lo habitual es cubrir las necesidades alimenticias y básicas de los hijos, ya que en relación al otro cónyuge, se denomina Pensión Compensatoria.

La cuantía de dichas pensiones puede variar en mayor o menor medida y están sujetas a los cambios en las condiciones futuras en cuanto a capacidad económica de los implicados.

Liquidación de Gananciales

La liquidación de los bienes gananciales consiste en el inventario, valoración y adjudicación de todos los bienes generados y las deudas contraídas por la pareja. Para la disolución de los bienes es requisito indispensable la disolución mediante divorcio de la sociedad. Ésta puede producirse incluso durante la tramitación del mismo y concluirá a la finalización del divorcio.

La liquidación puede hacerse en el convenio regulador. En el caso de divorcio contencioso, se convierte en un procedimiento independiente al del divorcio que puede iniciar cualquiera de las partes.

De nuevo, en este proceso, es particularmente importante la figura de la Mediación.

Guarda y Custodia

La Guarda y Custodia es una de las funciones de los progenitores sobre sus hijos menores que emanan del Ejercicio de la Patria Potestad. Ante una separación, los hijos pasan a convivir  con uno de los progenitores, el que detenta la guarda y custodia de los mismos, pasando el otro progenitor a tener periodos de convivencia menores y a aceptar en Régimen de Visitas estipulado.

Hay que destacar hasta cuatro tipos de Custodia: Exclusiva, Partida, Alterna y Compartida. Cada uno de ellos con características específicas.

La Custodia Compartida es otra de las opciones posibles a adoptar por parte de los progenitores en la que las obligaciones se comparten al 50%. Sin embargo, este tipo de custodia puede verse movida por la intención de no tener que pasar pensión o por motivos de interés en la vivienda común. Por ello, cada caso debe ser estudiado con pormenores.

ASESORES INTERNACIONAL vela por sus intereses.

Somos conscientes de la importancia de su caso.